Espacios confinados
Los espacios confinados son recintos con aberturas de entrada y salida adversos y que carecen de buena ventilación natural, lo cual favorece la acumulación de contaminantes tóxicos, inflamables y de bajo contenido en oxígeno.
Existen diferentes tipos de espacios confinados, los hay abiertos por su parte superior sin abertura de salida y aquellos que cuentan con abertura de entra y salida. En el primer grupo podemos encontrarnos con fosos, alcantarillas y pozos, mientras que en el segundo grupo ubicaríamos a los túneles, tanques y cualquier otro espacio reducido, ya sea natural o de creación humana que presenten características como las nombradas.
Los riesgos a los que se enfrentan los trabajadores que realizan su actividad dentro de este tipo de espacios son de alta peligrosidad, siendo la probabilidad de accidente alta, a pesar de tener formación e instrucción adecuada para la realización de la tarea. Los trabajadores se enfrentan a varias condiciones que aumentan notablemente la probabilidad de padecer accidentes. Entre algunos podemos destacar los siguientes riesgos:
Riesgos de asfixia por insuficiencia de oxígeno
- Por liberación de conductos obstruidos
- Por removido y pisado de lodos
- Por la utilización de gases inertes
Riesgo de explosión o incendio
- Por filtraciones de conducciones de gases
- Por vertidos de productos inflamables
- Por emanaciones de metano procedentes del terreno
Riesgo de intoxicación por inhalación de contaminantes
- Debido a la liberación de conductos obstruidos
- Debidos a contaminantes liberados en la soldadura, limpieza con disolventes, materiales de fibrocemento.
- Debido a la utilización de equipos con motor de combustión
Riesgos debidos a la configuración del lugar de trabajo
- Atropello por vehículo
- Caídas a distinto nivel
- Caída de objetos
- Asfixia por inmersión
- Golpes
- Agresiones de animales
- Electrocución
Riesgos de infección
- Debido al contacto con aguas contaminadas
- Por ingestión de aguas contaminadas
- Por contacto con herida o quemaduras
- Por contacto con animales potencialmente transmisores (ratas)
- Por contacto con microorganismos
Cuando el espacio confinado es conocido, se puede hablar de dos tipos de espacios:
- Los que requieren permiso de entrada
- Los que no requieren permiso de entrada
Teniendo en cuenta que todos los espacios confinados son potencialmente dañinos, se debe de establecer un plan de actuación para realizar los trabajos, y deberá plasmarse en un documento escrito donde debe recogerse:
- El permiso de entrada
- Plan de mediciones
- Planificación de las tareas
- Medios a utilizar
- Actuación en caso de emergencia
- Formación
Los espacios confinados no siempre tienen que contener gases tóxicos, lo que sí es habitual que la calidad del aire vaya disminuyendo según la profundidad del lugar de trabajo, la calidad del aire suele estar estratificada, según aumenta la profundidad el aire va empeorando.
También puede darse que en un espacio confinando el trabajador deba enfrentarse a atmósferas sobreoxigenandas, debido en la mayoría de caso a fugas de mangueras o válvulas que sirven para la conducción de oxígeno. Aumentando en tal caso el riesgo de explosión.
Los cuatro gases que se suelen encontrar con frecuencia en los Espacios Confinados suelen ser:
Carbono (CO) – Sulfuro de hidrógeno (H2S) – Dióxido de azufre (SO2) – Amoniaco (NH3)
Además se deberán tener en cuenta los Hidrocarburos aromáticos, utilizandos en muchos casos en herramientas y vehículos a motor. Los más habituales serían el Benceno, el Tolueno, y el Xileno.
Las pruebas de toxicidad atmosféricas en los Espacios Confinados se harán en el siguiente orden:
- Comprobación del contenido del oxigeno, siendo el mínimo exigle del 19,5% y como máximo el 23,5%.
- Comprobación de los gases combustibles, los cuales deberán estar por debajo del 10% de su LIE (limite de explosividad).
- Chequeo de los gases tóxico más comunes.
Las condiciones atmosféricas deberán ser evaluadas mediante equipos certificados, entre ellos:
- Medidores de niveles de oxígenos
- Medidores de niveles de toxicidad
- Medidores de niveles de inflamabilidad
Estas mediciones deberán ser tomadas en los distintos niveles o estratificación el lugar de trabajo.
Bibliografía
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
Real Decreto 604/2006, por el que se modifican el R.D. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención, y el R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.
Real Decreto 374/2001, de 6 de abril sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
NTP. 223. Trabajos en espacios confinados. Pilar González, Emilio Turmo. Centro Nacional de Condiciones del Trabajo. I.N.S.H.T.